El Reglamento que regula las Políticas Nacionales, aprobado mediante Decreto Supremo N° 029-2018-PCM y modificado con Decreto Supremo N° 038-2018-PCM, brinda un marco para la actualización de políticas nacionales. En dicho contexto, la Segunda Disposición Complementaria Transitoria establece que, durante los 24 meses siguientes a la aprobación del Reglamento, se deberá realizar un proceso de revisión y análisis de las políticas nacionales vigentes y la elaboración de un inventario como resultado de dicho proceso.
El Reglamento enfatiza la rectoría de los ministerios sobre las políticas nacionales y refuerza la necesidad de que las políticas de los gobiernos regionales y locales se encuentren concordadas a ellas, en correspondencia con el carácter unitario del gobierno. Asimismo, precisa la estructura que deben seguir las políticas nacionales en su diseño, articulándolas a las Políticas de Estado, la Política General de Gobierno y el Plan Estratégico de Desarrollo Nacional, e integrándolas con el Sistema Nacional de Planeamiento Estratégico (SINAPLAN), estableciendo orientaciones para la implementación, seguimiento y evaluación de las mismas.
En virtud del numeral 12.2 del artículo 12 del Reglamento, el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico (CEPLAN) brinda asistencia técnica a los Ministerios en el diseño, formulación, seguimiento y evaluación de las políticas nacionales. En cumplimiento de dicho mandato, pone a disposición de los funcionarios y servidores de las entidades del sector público una serie de preguntas y respuestas, que sirven como primera orientación.